La cuantía de las pensiones ha aumentado porcentualmente en el año 2021, tal y cómo establecido el Gobierno de España en los Presupuestos Generales del Estado. Es decir, tanto las pensiones contributivas como no contributivas medias se han visto incrementadas.
Dentro de las pensiones contributivas encontramos la pensión de incapacidad permanente, cuyo derecho para percibir es otorgado por el Instituto Nacional de la Seguridad Social.
En concreto, el sistema español define a la pensión de incapacidad permanente como «una prestación que se reconoce al trabajador cuando después de haber estado sometido a un tratamiento médico presenta reducciones anatómicas o funcionales graves, las cuales son previsiblemente definitivas disminuyendo o anulando su capacidad laboral».
Si bien, debemos tener en cuenta que 2021 será el último año en el que las pensiones se revaloricen mediante decreto ley. Y es que a partir del 2022, la revalorización de las pensiones en España se llevarán a cabo en función del IPC del año anterior, tal y como se establecerá en la inminente reforma de pensiones que prepara el ministro de Seguridad Social, José Luis Escrivá.
Tipos de incapacidad permanente
Antes de conocer como ha quedado la cuantía mínima de la pensión de incapacidad permanente en España, es conveniente conocer los diferentes tipos de incapacidad permanente que establece la administración española en función del grado de inhabilitación para desempeñar un trabajo:
- Incapacidad permanente parcial: Provoca en el trabajador una pérdida no inferior al 33% en el rendimiento de su profesión habitual:
- Incapacidad permanente total: Inhabilita al trabajador para desempeñar su profesión habitual, pero puede desarrollar otra actividad laboral, cuyo grado de incapacidad se lo permita.
- Gran Invalidez: El trabajador necesita de asistencia de otras personas para poder llevar a cabo los actos más esenciales de la vida.
- Incapacidad permanente absoluta: Inhabilita al trabajador para cualquier profesión u oficio. Es decir, la incapacidad no le permite realizar la función que había desempeñado hasta el momento y tampoco da la posibilidad de continuar realizando otro tipo de actividad laboral.
Cuantía mínima de la pensión de incapacidad permanente en 2021
El ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha actualizado las cuantías mínimas de los diferentes tipos de incapacidad permanente en España, en función del grado acreditado. Así, queda la prestación de Gran Invalidez:
GRAN INVALIDEZ | CUANTÍAS MENSUALES | CUANTÍAS ANUALES |
---|---|---|
Con cónyuge a cargo | 1.276,50 | 17.871,00 |
Sin cónyuge (unidad económica unipersonal) | 1.034,60 | 14.484,40 |
Con cónyuge NO a cargo | 981,90 | 13.746,60 |
Uno de los valores que utiliza el Estado español y que varía la cuantía mínima de una pensión de incapacidad permanente es la presencia de cónyuges a cargo, sin cónyuge o con cónyuge no a cargo. Teniendo en cuesta estos factores, de este modo queda la prestación absoluta y total con 66 años de edad:
ABSOLUTA, O TOTAL CON 65 AÑOS DE EDAD | CUANTÍAS MENSUALES | CUANTÍAS ANUALES |
---|---|---|
Con cónyuge a cargo | 851,00 | 11.914,00 |
Sin cónyuge (unidad económica unipersonal) | 689,70 | 9.655,80 |
Con cónyuge NO a cargo | 654,60 | 9.164,40 |
Por otra parte, la edad también es un factor determinante. En este sentido, la cuantía de la pensión de incapacidad permanente total para personas entre 60 y 64 años es diferente a los valores expresados anteriormente:
TOTAL CON EDAD ENTRE 60 Y 64 AÑOS | CUANTÍAS MENSUALES | CUANTÍAS ANUALES |
---|---|---|
Con cónyuge a cargo | 797,90 | 11.170,60 |
Sin cónyuge (unidad económica unipersonal) | 645,30 | 9.034,20 |
Con cónyuge NO a cargo | 609,90 | 8.538,60 |
Por último, el Gobierno de España también ha actualizado la cuantía de la pensión de incapacidad permanente total derivada de enfermedad común para personas menores de 60 años. Así, queda la cuantía para este tipo de prestaciones con características concretas:
TOTAL DERIVADA ENFERMEDAD COMÚN MENOR 60 AÑOS | CUANTÍAS MENSUALES | CUANTÍAS ANUALES |
---|---|---|
Con cónyuge a cargo | 508,50 | 7.119,00 |
Sin cónyuge (unidad económica unipersonal) | 508,50 | 7.119,00 |
Con cónyuge NO a cargo | 504,00 | 7.056,00 |
En cualquier caso, la cuantía de todas estas pensiones de incapacidad permanente se verán modificadas con el inicio de año 2022, que será el primer año que la revalorización de pensiones se lleve a cabo en función del IPC del año anterior.