El ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, sigue ofreciendo detalles sobre la próxima reforma de pensiones en España. Unas nuevas medidas que afectarán en gran parte a la pensión de jubilación en busca de una sostenibilidad del sistema.
Así, el acuerdo de Gobierno y sindicatos establece que el sistema de revalorización de pensiones en función del IPC se revisará cada cinco años para el mantenimiento del poder adquisitivo. Esta medida entrará ya en vigor a partir del año 2022.
La evaluación tiene como objetivo corregir alguna desviación y actuar si fuese necesario para preservar el mantenimiento del poder adquisitivo en las pensiones. Una revisión que se remitirá al Pacto de Toledo, tal y como recoge el borrador de la reforma de pensiones.
Revalorización de la pensión de jubilación
A partir del q de enero de 2022 entrará en vigor la nueva formula de revalorización de pensión en función del IPC, dejando atrás el procedimiento de revalorización de pensiones en los Presupuestos Generales del Estado.
Así, el nuevo sistema de revalorización tiene la finalidad de garantizar el mantenimiento del poder adquisitivo mediante el aumento de las pensiones el 1 de enero de cada año, siempre en función del IPC del ejercicio anterior.
Para asegurar el mantenimiento del poder adquisitivo, el Gobierno de España establece que en caso de registrarse inflación negativa durante el ejercicio anterior, las pensiones no sufrirían merma de ningún tipo, quedando ese año inalteradas.
Reforma en la jubilación anticipada
En cuanto a la modalidad de jubilación activa, el documento inicial señala que se aplicarán coeficientes reductores correspondientes a la jubilación por causa no imputable al trabajador; en los casos en los que la persona que se jubila de forma anticipada y voluntariamente esté percibiendo el subsidio de desempleo desde al menos tres meses antes.
Además, la intención del Ejecutivo central es reforzar la equidad de la jubilación anticipada y para ello los coeficientes reductores se aplicarán sobre la cuantía de la pensión respetando la limitación máxima.
Este documento recoge literalmente lo siguiente: «Esta previsión, unida a las futuras subidas de la pensión máxima durante el período transitorio, servirá para absorber el efecto de la medida para aquellos trabajadores que cotizan por encima de la pensión máxima».
Así, las personas que hayan cotizado menos de 38 años y seis meses a lo largo de su vida laboral y adelante la jubilación 2 años, la reducción será de entre el 21% y el 3,26%.
Por su parte, las personas que hayan cotizado más de 38 años y seis meses, pero menos de 41 años y 6 meses tendrán una reducción máxima del 19% (24 meses) y una reducción mínima del 3,11% (1 mes).
Pensión de jubilación anticipada involuntaria
Por otra parte, Escrivá apunta sobre la jubilación anticipada involuntaria se establecen diferentes modificaciones referentes a las causas de extinción contractual que den derecho al acceso de esta modalidad. Así, el coeficiente aplicable sobre la pensión se calculará por mes de adelanto de la jubilación y no por trimestre.
Por otro lado, el citado documento, al que ha tenido acceso ‘Todo Disca’, recoge una modificación respecto al procedimiento de solicitud de la jubilación anticipada por razón de la actividad. Del mismo modo, se establece con mayor precisión los indicadores de penosidad o peligrosidad que marcan el acceso a esta modalidad de pensión.
Aparte, el Gobierno quiere aplicar que las solicitudes de dichos procedimientos se formulen conjuntamente por las organizaciones sindicales y empresariales más representativas; o por organizaciones sindicales y la administración correspondiente cuando el procedimiento afecte al personal de las administraciones públicas.
En referencia a las solicitudes ya presentadas, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones que encabeza José Luis Escrivá, fijará un calendario para la resolución de los expedientes.