La delicada situación económica que está dejando la pandemia a su paso está causando dificultades en miles de familias españolas. La mayoría se ha visto obligada a echar mano a las diferentes ayudas que propone el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) para solventar la situación, por lo que es normal que surjan muchas dudas sobre como mantener estas ayudas.
En esta ocasión, vamos a explicar en qué consiste el compromiso de actividad del SEPE. Este acuerdo engloba todas las obligaciones que deben cumplir los beneficiarios de las ayudas mientras la están recibiendo. El compromiso de actividad es un acuerdo entre la persona en desempleo y el SEPE en el momento de solicitar una prestación, ya sea un subsidio, el paro o una ayuda después del subsidio.
En caso de que estés cobrando una prestación, es fundamental que conozcas las obligaciones que esto conlleva, pues en caso de incumplimiento te expones a que el SEPE te sancione y podrías dejar de cobrar la prestación.
Obligaciones del desempleado con el SEPE
La primera de las obligaciones que impone el SEPE para seguir optando a las ayudas es la búsqueda activa de empleo. Es decir, durante el tiempo que estemos cobrando el paro o el subsidio debemos de estar buscando empleo de forma activa. Así, estas son las obligaciones que debe cumplir el desempleado cuando solicita una prestación por desempleo:
- Presentar tu Currículum Vitae en por lo menos tres empresas.
- Tener al menos una entrevista de trabajo.
- Estar apuntado en una agencia de colocación.
- Estar inscrito en dos portales de búsqueda de empleo.
- Presentar su candidatura en una oferta de trabajo del SEPE.
- Haber asistido a cursos del INEM o sesiones de orientación profesional del SEPE.
En otro orden, para obtener las ayudas se deben facilitar los datos necesarios para que el SEPE pueda notificar y comunicar cualquier requerimiento de forma correcta. Además, el desempleado tiene que presentar en las oficinas toda la documentación necesaria para poder tramitar o suspender el subsidio.
Durante el tiempo que estemos beneficiándonos de las ayudas, el trabajador debe de estar dado de alta en la oficina de empleo, como se suele decir «apuntado al paro» y debe mantener su inscripción durante todo el tiempo que esté cobrando al ayuda. Para ello, debemos de acudir cada tres meses para sellar el paro y mantener la inscripción para la prestación.
En caso de que el desempleado haya recibido de forma indebida algún importe tendrá que devolverlas. En caso de que el demandante haya gastado el dinero, existe la posibilidad de dividir el pago en caso de que se tengan que reintegrar grandes cantidades.
¿Cuándo tenemos que tramitar la baja de la prestación?
El desempleado debe darse de baja de la prestación en alguno de los siguientes casos:
- En caso de haber encontrado trabajo.
- Jubilación.
- Incapacidad temporal por enfermedad común.
- Incapacidad permanente o provisional.
- Incapacidad permanente absoluta.
- Baja por maternidad o paternidad.
- Gran invalidez.
Sanciones del SEPE
En caso de incumplir con algunas de las obligaciones anteriores, el SEPE puede llegar a sancionarte. Las infracciones se dividen en leves, graves y muy graves:
Infracciones leves
Estas se sancionan perdiendo durante un mes la prestación la primera vez que ocurre:
- No renovar la demanda de empleo, es decir, no sellar el paro.
- No acudir al SEPE cuando se nos ha citado.
- Incumplir el compromiso de actividad.
- No presentar el justificante de haber asistido a una entrevista de trabajo gestionada por el SEPE.
- No facilitar los datos para que el SEPE pueda notificarnos y comunicarse con nosotros.
En caso de que se vuelvan a incumplir perderemos la prestación durante tres meses y la tercera vez perderemos definitivamente la ayuda.
Infracciones graves
- Rechazar una oferta de trabajo.
- No realizar cursos de formación, programas de empleo y colaboración social.
- No tramitar la baja de la prestación cuando se haya perdido el derecho a cobrarla.
Si incumplimos alguna de las dos primeras perderíamos la prestación durante tres meses. En caso de no comunicar la baja la perderíamos definitivamente y estaremos obligados a devolver todo el dinero que hayamos percibido.
Infracciones muy graves
En caso de tener cometer una infracción muy grave conlleva a perder la prestación y no poder cobrar ninguna ayuda por desempleo durante un año. Estas son las infracciones muy graves que establece el SEPE:
- Compatibilizar el trabajo con el cobro de la prestación si no es a tiempo parcial.
- Cobrar la prestación de forma indebida.
- Pactar con el empresario para cobrar la prestación por desempleo.