Desde el pasado 2 de abril y hasta el próximo 30 de junio de 2025, los contribuyentes en España pueden presentar la Declaración de la Renta correspondiente al ejercicio fiscal de 2024. Así, muchas personas se preguntan cuánto tarda Hacienda en realizar el pago de la devolución.
Cuando una persona presenta la Declaración de la Renta, el resultado puede ser a pagar a Hacienda o a devolver por parte de la Agencia Tributaria. En ocasiones, el resultado también puede ser cero, por lo que al usuario no le corresponde pagar ni recibir.
Cuánto tarda Hacienda en pagar en la Declaración de la Renta
Para cualquier contribuyente, lo más deseado es que la Declaración de la Renta culmine con resultado a devolver por parte de Hacienda. Así, existe un plazo determinado para que la Agencia Tributaria abone la cantidad correspondiente al ciudadano en cuestión.
Generalmente, cuando la Declaración de la Renta sale a devolver y están todos los datos correctos, es habitual que Hacienda no tarde más de un mes en realizar el pago desde que el ciudadano confirma el borrador.
En concreto, la normativa establece que Hacienda dispone de seis meses desde la finalización del plazo de la Campaña de la Renta para realizar las devoluciones. Es decir, cuenta con un plazo de seis meses desde el 30 de junio de 2025. Sin embargo, el pago se suele realizar en unas dos semanas, de media, tras la presentación de la Declaración de la Renta.
Al respecto, los profesionales de Idealista señalan que «Hacienda tarda entre dos y tres días laborables una vez ha ordenado el pago. Si se ha seleccionado el pago directo, el plazo de devolución es de unos 12 días laborables. Por otra parte, si se ha seleccionado el pago con cheque, el plazo es de cinco días laborables».
El procedimiento de devolución es sencillo. Inicialmente, Hacienda envía un SMS o email al contribuyente para confirmar que la Declaración de la Renta ha salido a devolver. Lo habitual es que la Agencia Tributaria no tarde más de 15 días en completar el pago.
Devolución fuera de plazo por parte de Hacienda
Aunque no suele ser habitual, es posible que pueda superarse el plazo establecido sin que Hacienda haya completado la correspondiente devolución del IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) al ciudadano.
Si el plazo de devolución se ha superado por fallo de Hacienda, la Agencia Tributaria tendrá que devolver al ciudadano el importe correspondiente a la Declaración de la Renta y los intereses de demora. Los intereses de demora son equivalentes a un 4% aproximadamente de la cuantía adeudada.
No obstante, desde Idealista advierten a los ciudadanos que «la Agencia Tributaria no se considera responsable de la demora si la devolución no se ha cumplimentado correctamente, no contiene la documentación exigida o no existe una cuenta bancaria a la que hacer la transferencia o los datos proporcionados de la misma son erróneos».
Por lo general, la devolución por parte de Hacienda se realiza a través de transferencia bancaria. Para ello, es necesario que el contribuyente indique el número de cuenta en el momento de presentar la Declaración de la Renta. En determinadas circunstancias, la correspondiente devolución puede completarse mediante cheque cruzado o nominativo del Banco de España.
En el caso de que la Declaración salga a pagar por parte del contribuyente, por primera vez en la historia, podrá abonar el correspondiente pago a través de la aplicación Bizum. Es una de las principales novedades incorporadas por Hacienda para la Campaña de la Renta y Patrimonio de 2024.