Una pensión de incapacidad permanente es un tipo de pensión contributiva que tiene como finalidad compensar la pérdida de ingresos que sufre un trabajador a causa de una serie de limitaciones y secuelas para la actividad laboral que se originan a causa de una lesión o enfermedad.
En este sentido, es necesario aclarar que la legislación española para la concesión de una incapacidad permanente no se basa en diagnósticos, sino en secuelas y limitaciones.
Tres rasgos configuradores de la incapacidad permanente
Una Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, del 4 de noviembre de 2015, recoge los tres rasgos configuradores de la incapacidad permanente en el Sistema de la Seguridad Social española:
- Las reducciones anatómicas o funcionales del trabajador deben ser objetivables. Es decir, que se pueda demostrar o constatar médicamente de manera indubitada. Por tanto, no puede tratarse de meras manifestaciones subjetivas de la persona interesada en obtener el reconocimiento de la incapacidad.
- Deben ser ‘previsiblemente definitiva’. La doctrina jurisprudencial establece que deben ser «incurables, irreversibles, siendo suficiente una previsión seria de irreversibilidad para fijar el concepto de invalidez permanente, ya que, al no ser la Medicina una ciencia exacta, sino fundamentalmente empírica, resulta difícil la absoluta certeza del pronóstico, que no puede emitirse sino en términos de probabilidad».
- Las reducciones deben ser graves disminuyendo o anulando la capacidad laboral en una escala gradual desde un mínimo del 33% hasta la abolición de la capacidad del rendimiento normal para cualquier profesión u oficio que el mercado laboral pudiera ofrecer al ciudadano.
Estos tres rasgos deben tenerse en cuenta en cualquier proceso de solicitud de incapacidad permanente. En base a estas claves, se tendrá que conceder o no la incapacidad permanente. Además, también jugará un papel imprescindible en el grado de incapacidad a reconocer para el ciudadano.
Dónde se puede solicitar una incapacidad permanente
La pensión de incapacidad permanente en España siempre se debe solicitar de forma inicial por la vía administrativa. Es decir, a través del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
Es posible que el INSS acepte la solicitud del trabajador desde el principio, aunque no suele ser habitual. Sin embargo, en caso de que la solicitud sea denegada, el ciudadano tiene la posibilidad de realizar una Reclamación Previa contra el INSS.
Si el Instituto Nacional de la Seguridad Social también deniega la solicitud de Reclamación Previa, el ciudadano podrá llevar el caso a la vía judicial. Para llevar el caso a la vía judicial, es necesario presentar una demanda contra el INSS.
Antes de presentar una demanda contra el INSS para obtener una incapacidad permanente, es importante que un abogado especialista analice el caso para estudiar las posibilidades de éxito. Además, el ciudadano debe tener claro que se trata de un proceso complejo y que puede alargarse durante años.
Así, son muchos los ciudadanos en España que consiguen el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente a través de la vía judicial. Este proceso puede pasar por un Juzgado de lo Social, Tribunal Superior de Justicia e incluso llegar hasta el Tribunal Supremo.
Para afrontar este tipo de procesos judiciales es fundamental contar con la representación de un abogado especialista en incapacidad laboral. En este sentido, algunos expertos recomiendan contar con el asesoramiento de un abogado profesional desde el inicio de la solicitud de incapacidad permanente, incluso por la vía administrativa.