La jubilación es un momento ansiado y deseado por todos los trabajadores, especialmente por aquellos que ya intuyen próxima la retirada de la actividad laboral después de toda una vida dedicada al trabajo. No obstante, en España, la edad ordinaria para poder jubilarse incrementa cada año, y así lo seguirá haciendo hasta 2027, cuando alcance el máximo histórico de 67 años, debido a la reforma de las pensiones de 2013. De hecho, se han endurecido los requisitos para poder retirarse antes de la edad ordinaria, tanto de forma voluntaria como forzosa.
En este sentido, el sistema de pensiones establece una diferencia entre la jubilación anticipada voluntaria, que permite a los trabajadores retirarse por decisión propia, y la jubilación anticipada forzosa, que se aplica a quienes ven extinguida su relación laboral sin que exista voluntad por su parte. Es en este último caso cuando los afectados pueden acceder a la pensión a partir de los 61 años, siempre que cumplan determinados requisitos de cotización y situación laboral.
Requisitos para la jubilación a los 61 años
De acuerdo con la Seguridad Social, organismo competente en esta materia, uno de los principales requisitos es haber cotizado un mínimo de 38 años y 3 meses en 2025. Además, para poder optar por esta vía de jubilación, el cese en el trabajo debe ser por causas justificadas dentro de las regulaciones establecidas por la Administración.
Entre las posibles causas se incluyen situaciones como despidos colectivos (Expediente de Regulación de Empleo, ERE), extinción del contrato por causas objetivas según el artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores, cierre de la empresa o situaciones de violencia de género. De este modo, también es indispensable que para que un trabajador pueda acceder a la jubilación anticipada a los 61 años su salida del mercado laboral haya ocurrido al menos cuatro años antes de la edad legal de jubilación.
Finalmente, otra de las condiciones fundamentales que establece la Seguridad Social es que la persona haya estado inscrita como demandante de empleo durante al menos seis meses antes de solicitar la jubilación anticipada. Además, esta modalidad solo está disponible para los trabajadores por cuenta ajena, dejando fuera a los autónomos y a otros regímenes específicos.
Trabajadores que pueden jubilarse con 61 años
Tal y como refleja la Ley General de Seguridad Social (LGSS), dentro de los colectivos que pueden acogerse a esta jubilación, se encuentran los beneficiarios de la prestación por desempleo cuando se extinga por agotamiento, así como aquellos que hayan percibido el subsidio por desempleo para mayores de 52 o 55 años.
De la misma manera, también podrán acceder a ella los trabajadores mayores de 55 años que, tras haber agotado la prestación contributiva, continúen inscritos en el servicio público de empleo sin reunir los requisitos para acceder al subsidio.
La Seguridad Social explica que en estos casos no se aplican las bonificaciones por edad, incluso cuando se cumplen los requisitos generales. «No serán de aplicación las bonificaciones de edad, de las que puedan beneficiarse los trabajadores de algunos sectores profesionales por la realización de actividades penosas, tóxicas, peligrosas o insalubres y las personas con discapacidad igual o superior al 45% o al 65%», recoge la normativa.