Las personas que residen en Barcelona, a diferencia de otros ciudadanos en España, pueden acceder a un carnet dirigido a personas con discapacidad. Este documento, que lo gestionan desde la Generalitat de Catalunya, ofrece una serie de beneficios y privilegios para este colectivo.
Desde la Generalitat de Catalunya han asegurado que cuentan con una tarjeta acreditativa de la discapacidad que «permite acreditar de forma ágil y práctica ante terceras personas, el grado de discapacidad, a fin de facilitar el acceso a los recursos y servicios vinculados a que se tengan derecho en el estado español. Es un documento público, personal, intransferible, válido en toda España y que se debe acompañar con el DNI o NIE».
Además, señalan que esta tarjeta acreditativa de la discapacidad se expide y se renueva de oficio a todas las personas a quienes se les ha reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%. Podrán solicitar dicha tarjeta aquellas personas que tengan reconocido el grado de discapacidad antes de febrero de 2013.
Documentación para conseguir la tarjeta de acreditación para personas con discapacidad en Barcelona
La documentación que se debe presentar adjunta al formulario de solicitud a la Generalitat de Catalunya va a depender de la situación en la que esté cada persona. Por ejemplo, en caso de solicitar el duplicado de la tarjeta por robo, valdrá con presentar una copia de la denuncia.
En caso de que se actúe en nombre de la persona interesada, hay que aportar diferentes documentos en función de cada persona:
- Si es el padre o la madre de la persona interesada: Libro de familia.
- Si es el tutor o tutora legal de la persona interesada y ésta es menor de 18 años: Resolución administrativa o judicial de tutor/a o guardador/a.
- Si es el asistente o la asistenta de la persona interesada: Sentencia de incapacidad y aceptación de cargo del asistente, siempre que no esté inscrito en el registro electrónico de representación.
- Si es el representante legal de la persona beneficiaria: empoderamiento notarial o apoderamiento apud acta, siempre que no esté inscrito en el registro electrónico de representación, REPRESENTA.
- Otros: documento acreditativo de la representación voluntaria según artículo 5 de la Ley 39/2015.
Eso sí, desde el ejecutivo catalán dejan claro que no será necesario aportar el documento identificador (DNI/NIF) de la persona con discapacidad, ni de quien actúe como tutor/a o como representante legal.
Requisitos para solicitar la tarjeta de acreditación para personas con discapacidad en Barcelona
Desde la Generalitat de Catalunya han destacado cuales son los cuatro requisitos que se deben de cumplir para poder acceder a esta tarjeta de acreditación, entre los que encontramos:
- Tener reconocido, y vigente, un grado de discapacidad de 33% o superior.
- Tener la residencia habitual en Cataluña.
- Tener DNI/NIE vigente, también en el caso de los menores de edad.
- En el caso de solicitar un duplicado es necesario tener vigente la tarjeta acreditativa de la discapacidad y haberla perdido o que alguien la haya robado.
Además, han dejado claro que esta prestación va dirigida a «aquellas personas que ya tengan reconocido un grado de discapacidad en Cataluña igual o superior al 33%, o que hayan trasladado su expediente ya sea con carácter permanente o provisional. Hay que tener residencia habitual en Cataluña».
La validez de la tarjeta acreditativa de la discapacidad puede ser de carácter permanente o bien puede establecer una fecha determinada de validez de acuerdo con la provisionalidad de la valoración del grado de discapacidad.