La Seguridad Social ha asegurado que los padres con hijos con discapacidad pueden acceder a una prestación económica, que va a depender del grado de discapacidad que tenga el hijo y su edad. En este artículo vamos a ver como se debe de solicitar dicha ayuda y cuales son las cuantías que se pueden recibir.
Desde la Seguridad Social han asegurado que la asignación económica por cada menor de 18 años con una discapacidad igual o superior al 33 % o mayor de dicha edad con discapacidad igual o superior al 65 % es una «asignación económica por cada hijo menor de 18 años y afectado por una discapacidad en un grado igual o superior al 33% o mayor de dicha edad cuando el grado de discapacidad sea igual o superior al 65%, a cargo del beneficiario, cualquiera que sea la naturaleza legal de la filiación, así como por los menores a su cargo en régimen de acogimiento familiar, permanente o guarda con fines de adopción, que cumplan los mismos requisitos».
Cómo solicitar la ayuda de la Seguridad Social a padres con hijos con discapacidad
La Seguridad Social ha destacado que el procedimiento se iniciará previa presentación ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) de la correspondiente solicitud, aportando los documentos necesarios para la acreditación de las circunstancias determinantes del derecho. Podrá iniciarse con la aportación de la solicitud de reconocimiento de grado de discapacidad efectuada ante el órgano competente, si bien se suspenderá el procedimiento durante el tiempo necesario para la incorporación al expediente de la resolución recaída para la declaración y calificación del grado de discapacidad.
Dicha tramitación se ajustará a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE de 2 de octubre). Eso sí, debemos de tener en cuenta que en ningún caso será exigible al solicitante la acreditación de hechos, datos o circunstancias que la Administración de la Seguridad Social deba conocer por sí misma.
Si hablamos de la resolución y notificación, el director provincial del INSS dictará resolución expresa y la notificará al interesado en el plazo de 45 días. Con respeto a la prescripción, el derecho al reconocimiento de la prestación prescribe a los 5 años, contados desde el día siguiente a aquél en que se produce el hecho causante.
Cuantía de las ayuda de la Seguridad Social a padres con hijos con discapacidad
La Seguridad Social recoge en su web que la cuantía de la asignación económica que va a recibir estos padres con hijos con discapacidad va a cambiar en función del caso de cada persona, diferenciando entre:
- Hijos o menores a cargo, menores de 18 años, con una discapacidad igual o superior al 33%: 1000,00 euros anuales por hijo (83,33 euros mensuales). No se exige en estos casos límite de recursos económicos al tratarse de una persona con discapacidad.
- Hijos mayores de 18 años y con una discapacidad igual o superior al 65%: 5.805,60 euros anuales por hijo (483,80 euros mensuales). No se exige en estos casos límite de recursos económicos al tratarse de una persona con discapacidad.
- Hijos mayores de 18 años y con una discapacidad igual o superior al 75%: Hijos con 18 o más años afectados por una discapacidad en grado igual o superior al 75% y que, como consecuencia de pérdidas anatómicas o funcionales, necesiten el concurso de otra persona para realizar los actos vitales más elementales como vestirse, desplazarse, comer o análogos: 8.707,20 euros anuales por hijo (725,60 euros mensuales). No se exige en estos casos límite de recursos económicos al tratarse de una persona con discapacidad.
- Hijos o menores a cargo, menores de 18 años, sin discapacidad: 588,00 euros anuales (49,00 euros mensuales), cuando los ingresos del beneficiario no rebasen el límite establecido de 14.952,00 euros anuales más un 15% por cada hijo o menor acogido a cargo a partir del segundo. Si se trata de familias numerosas, el límite será de 22.501,00 euros, en los supuestos en que concurran 3 hijos a cargo, incrementándose en 3.646,00 euros por cada hijo a cargo a partir del cuarto, éste incluido.
Para más información puedes visitar la web de la Seguridad Social donde se recoge todo lo relativo a la asignación económica por cada hijo con discapacidad.