La llegada del nuevo año 2025 trae consigo cambios en materia de jubilación, especialmente para aquellos que estén barajando ya la opción de la retirada de la actividad laboral. En España, la edad ordinaria de jubilación incrementa cada año, y así lo seguirá haciendo hasta 2027, momento en el que alcanzará el máximo histórico con 67 años. No obstante, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha hecho oficial una serie de condiciones y requisitos para optar a la pensión de jubilación antes de lo previsto.
El momento de la jubilación es uno de los más importantes en la vida de cualquier persona. Es un reto y una meta para todos los trabajadores que, tras una vida marcada por el estrés y la rutina laboral, por fin van a poder degustar de los placeres de la vida sin pensar en que se acaba el fin de semana. En este sentido, para tener derecho a una pensión contributiva de jubilación en España, es obligatorio haber cotizado un mínimo de 15 años a la Seguridad Social. Se trata de un requisito que seguirá vigente en 2025. Este es el primer aspecto que deben tener en cuenta los ciudadanos a la hora de acceder a la jubilación.
¿Cómo acceder a la jubilación con 65 años?
De acuerdo con los órganos competentes en esta materia de pensiones y de jubilación, en España, la edad de jubilación ordinaria se sitúa en 65 años. No obstante, para poder jubilarse con 65 años, es necesario cumplir con unos requisitos mínimos de cotización exigidos por la Seguridad Social. En caso contrario, la edad de jubilación ordinaria aumenta. Además, la administración también establece como condición indispensable no presentar deudas a la Seguridad Social en caso de trabajar en régimen de autónomo, es decir, por cuenta propia.
Así mismo, desde este 1 de enero de 2025, la edad de jubilación ordinaria varía respecto a 2024. Así, la nueva edad de jubilación ordinaria es de 66 años y ocho meses para aquellas personas que hayan cotizado menos de 38 años y tres meses a la Seguridad Social. Por su parte, para poder acceder a la jubilación ordinaria con 65 años de edad, los ciudadanos deben evidenciar un período de cotización mínima de 38 años y tres meses durante su vida laboral. En este sentido, se produce un incremento del número de meses exigidos por la Seguridad Social para poder jubilarse a los 65 años de edad de manera ordinaria en España. Es el gran requisito que se establece con el aterrizaje de 2025 en materia de jubilación.
Sin embargo, esta medida no responde al actual Gobierno de España. Se trata de una medida aprobada en la reforma de pensiones del año 2011, en la que se acordó un aumento progresivo de la edad de jubilación ordinaria de 65 a 67 años de edad, en función del número de años cotizados a la Seguridad Social. De este modo, la edad de jubilación ordinaria seguirá subiendo de manera progresiva en España, como mínimo, hasta el año 2027.
Cambios en la jubilación anticipada para 2025
La jubilación anticipada permite a los ciudadanos que así lo deseen poder retirarse hasta dos años antes de la edad ordinaria cumpliendo con una serie de requisitos y penalizaciones, que irán en función de los años de adelanto y la cotización del trabajador en cuestión. Con las nuevas condiciones para acceder a la jubilación, se requerirá un mínimo de 35 años cotizados para poder retirarse a los 64 años y 8 meses, que para jubilarse a los 63 años; el trabajador tendrá que certificar una cotización de 38 años y tres meses.
Además, de acuerdo con lo establecido por la Seguridad Social, «del período de cotización, al menos 2 años deberán estar comprendidos dentro de los 15 inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho». El beneficiario también tendrá que estar en una situación de alta o asimilada al alta. Una vez confirmados todos los requisitos, el último de ellos tiene que ver con la cuantía, ya que el importe de la pensión tiene que ser superior a la pensión mínima correspondiente al familiar al cumplir los 65 años. En caso contrario, no se podrá acceder a la jubilación anticipada.
Finalmente, y confirmada la solicitud, en lo que respecta a la cuantía, estará dictaminada en función de los meses que el beneficiario quiera adelantar la jubilación y los años que haya cotizado a la Seguridad Social. Estos coeficientes reductores irán de un 21% para las personas que quieran adelantar 24 meses la jubilación con 38 años y seis meses cotizados, al 2,81% para los beneficiarios que adelanten la retirada un mes con un periodo cotizado igual o superior a 44 años y 6 meses.