Aunque muchos trabajadores autónomos lo desconocen, tienen la posibilidad de deducir una serie de gastos habituales que se producen durante las fiestas navideñas en España. Hablamos de algunos gastos como cestas de Navidad, comidas de Navidad, Lotería o pequeños regalos.
Cada caso se debe analizar de manera particular. Además, también depende del impuesto que se aplique al trabajador autónomo en cada situación determinada por parte de la Administración.
Gastos deducibles para autónomos por Navidad
Uno de los elementos más comunes durante las fiestas navideñas son las cestas de Navidad. Respecto al IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido), desde CaixaBank explican que «a las cestas de Navidad no se le pueden deducir las cuotas de IVA soportadas por su adquisición. Las menciona textualmente la Agencia Tributaria como uno de los ejemplos de bienes que no son deducibles aunque se utilicen en la actividad del autónomo o la empresa, tanto si se regalan a empleados como a clientes».
Sin embargo, hay que poner el foco en otros tributos, como el IRPF o el Impuesto de Sociedades. Si el trabajador autónomo tributa por su actividad a través de una sociedad limitada, las cestas de Navidad sí son deducibles con respecto al Impuesto de Sociedades. Eso sí, siempre que se demuestre que este tipo de regalos es algo recurrente dentro de la actividad económica.
Por otro lado, encontramos a los trabajadores autónomos que tributan al IRPF como personas físicas. En este tipo de casos, es posible deducir el gasto por compra de cestas de Navidad para clientes, empleados o proveedores.
La Lotería de Navidad suele ser otro de los gastos navideños habituales. Así, la normativa establece que la Lotería de Navidad es un gasto deducible del IRPF de los trabajadores autónomos, en caso de acreditar que los décimos o participaciones se han utilizado para obsequiar a empleados o a clientes.
Deducción de autónomos por comidas y cenas navideñas
Las comidas y cenas navideñas de empresas son otro elemento común en España durante las Navidades. Igualmente, estos gastos no son deducibles en el impuesto del IVA. La ley que regula actualmente este impuesto no considera estos gastos como gastos deducibles para los trabajadores autónomos.
A pesar de ello, desde CaixaBank advierten que «esto es algo que podría cambiar próximamente si el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) confirma al Tribunal Supremo que esta restricción que impone la legislación española no está amparada por las leyes comunitarias en estos casos».
Sin embargo, las comidas de Navidad son consideradas un gasto deducible tanto en el Impuesto de Sociedades como en el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas). Del mismo modo, el trabajador autónomo deberá certificar que estas comidas de Navidad son costumbres, así como aportar las facturas correspondientes.
Con todo ello, es importante resaltar una excepción al respecto. Sobre este asunto, los expertos de CaixaBank manifiestan que «en el caso del impuesto de sociedades, los gastos por atención a clientes tienen un límite anual del 1 % de la facturación. Así que, si el autónomo facturó 60.000 euros durante el año, podrá deducirse hasta 600 euros en comidas y cenas con los clientes. Esto incluye las cenas y comidas de Navidad«.
Por tanto, si eres un trabajador autónomo es conveniente tener conocimiento sobre las deducciones aplicables en relación con estas actividades típicas de las fiestas navideñas.