Toda una vida trabajando, esperando para recibir la pensión de jubilación anticipada y la Seguridad Social te la deniega. Eso le ha pasado a una trabajadora, Natalia, que tras haber cotizado más de 43 años durante su trayectoria laboral se ha visto en la situación de que no podrá acceder a su pensión de jubilación anticipada por discapacidad.
Debemos de tener en cuenta que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ha informado que para acceder a la pensión de jubilación anticipada por discapacidad se deben de cumplir una serie de requisitos, entre los que se encuentra haber cotizado un mínimo de 5 años, acreditar un grado de discapacidad igual o superior al 65%, y encontrarse en situación de alta o asimilada al alta en el momento de la solicitud. Y del caso del que hablamos, la mujer cumplía dos de los tres requisitos, por lo que se quedo sin poder recibir la pensión de jubilación anticipada por discapacidad. Es decir, había cotizado más de 43 años y tenía reconocida un grado de discapacidad superior al 65%. Sin embargo, la Seguridad Social le denegaba su jubilación anticipada por discapacidad por no cumplir con el requisito de estar en situación de alta o equivalente.
La sentencia que dejó sin pensión anticipada por discapacidad a esta mujer
El portal Noticias Trabajo se hace eco de la sentencia 7622/2024, donde se indica que esta mujer presentó su solicitud para pedir una pensión de jubilación anticipada el 26 de octubre de 2021, cuando ella tenía 63 años, 7 meses y 20 días. La mujer argumentaba que cumplía todos los requisitos para acceder, ya que había cotizado más de 43 años y tenía reconocida una discapacidad del 65% desde 2014. En aquel momento, la mujer percibía una pensión por incapacidad permanente total, desde el 25 de noviembre de 2020, con un importe mensual de 1.279,34 euros.
En ella la mujer argumentaba que cumplía con los requisitos de cotización y discapacidad para acceder a la jubilación anticipada aplicando los coeficientes reductores por discapacidad, ya que había cotizado más de 43 años y tenía reconocida una discapacidad del 65% desde 2014. Hay que señalar que, en el momento de la solicitud, la mujer estaba percibiendo una pensión por incapacidad permanente total, desde el 25 de noviembre de 2020, con un importe mensual de 1.279,34 euros.
Sin embargo, la Seguridad Social denegó su solicitud, señalando que la persona no estaba en situación de alta o asimilada al alta, un requisito obligatorio para la aplicación de los coeficientes reductores para acceder a la pensión de jubilación anticipada por discapacidad. A su misma vez, el INSS dejaba claro que esta persona si podría acceder directamente a la pensión de jubilación.
Ante esta situación, la mujer decidió lanzar una reclamación a la Seguridad Social, pero la misma fue denegada por los mismos motivos. Pero Natalia no se cansó y decidió llevar su caso a los juzgados con la esperanza de obtener un fallo favorable, pero la respuesta volvió a ser negativa.
Requisitos para acceder a la jubilación anticipada por discapacidad
Desde la Seguridad Social aseguran que podrán acceder a la jubilación anticipada por discapacidad los trabajadores por cuenta ajena y por cuenta propia incluidos en cualquiera de los regímenes que integran el sistema de la Seguridad Social que acrediten:
- Estar en alta o en situación asimilada a la de alta
- Que a lo largo de su vida laboral han trabajado un tiempo efectivo equivalente, al menos, al período mínimo de cotización que se exige para poder acceder a la pensión de jubilación estando afectados por alguna de las patologías generadoras de discapacidad y, dentro de ese período, durante al menos cinco años, con un grado de discapacidad igual o superior al 45%.