El subsidio para mayores de 52 años es una de las prestaciones más famosas y conocidas de las que ofrece el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) a las personas que se encuentran en situación de desempleo y han agotado ya la prestación conocida como paro. Como es obvio, este estamento que pertenece al Ministerio de Trabajo y Economía Social, liderado por Yolanda Díaz, debe de cumplir una serie de requisitos
«Si tienes 52 años o más y has agotado la prestación o subsidio por desempleo, conoce cuáles son los requisitos que debes cumplir y la información necesaria para solicitar un subsidio por desempleo de mayor de 52 años». Con ese mensaje recoge el SEPE la introducción a este subsidio, que es una ayuda económica para las personas que se encuentran en situación de desempleo y que no logran encontrar un puesto de trabajo dentro del mercado laboral.
El SEPE te quita el subsidio para mayores de 52 años si no cumples este requisito
El SEPE ha informado en su web que se deben de cumplir una serie de requisitos para acceder a recibir esta prestación. Pero uno de ellos tiene que ver con las rentas que recibe la persona.
Y es que en el momento de presentar la solicitud se debe de acreditar que se cumple con el requisito de carencia de rentas propias. Desde el SEPE señalan que el cumplimiento de este requisito deberás mantenerlo durante todo el tiempo de percepción del subsidio.
Se debe de carecer de rentas propias de cualquier naturaleza que en cómputo mensual sean superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinaria
Requisitos para acceder al subsidio para personas mayores de 52 años
Desde el SEPE recogen cuales son los requisitos que deben de cumplir las personas mayores de 52 años para poder acceder a este subsidio, que es gestionado por el Ministerio de Trabajo y Economía Social:
- Estar en situación de desempleo
- Tener 52 años o más en la fecha en que se cumplan los requisitos para acceder al subsidio por encontrarse en alguno de los siguientes supuestos:
- Haber agotado la prestación contributiva o el subsidio por desempleo.
- Ser emigrante que ha retornado a España
- Ser liberado o liberada de prisión sin derecho a prestación contributiva por desempleo
- Haber sido declarado o declarada plenamente capaz o persona con incapacidad permanente parcial
- Estar en situación legal de desempleo y no tener derecho a prestación contributiva por desempleo, habiendo cotizado por desempleo, al menos, entre 90 y 359 días.
- Estar inscrito o inscrita como demandante de empleo durante un mes desde que se agote la prestación por desempleo que estabas percibiendo
- Cumplir el acuerdo de actividad, que está incluido en la solicitud del subsidios.
El SEPE señala que el subsidio para mayores de 52 años tiene de duración hasta que la persona alcance la edad ordinaria que se exija para tener derecho a la pensión contributiva de jubilación en el sistema de la Seguridad Social. Es decir, si una persona no encuentra trabajo, percibirá esta ayuda hasta llegar a la edad de jubilación.