A partir del 1 de enero de 2025 se producirán ciertos cambios en las cuotas de cotización de los trabajadores autónomos a la Seguridad Social. Hay que recordar que desde el año 2023 está en vigor el nuevo sistema de cotización de autónomos por ingresos reales. Un sistema de cotización que se distribuye en 15 tramos según los ingresos del trabajador.
En este sentido, se producirá una reducción de la cuota de cotización para los trabajadores autónomos con ingresos mensuales más bajos. Por su parte, se aplicará una subida en la cuota de cotización para aquellos trabajadores que se sitúen en tramos de cotización más elevados.
Tarifa Plana de la Seguridad Social en 2025
En 2025 seguirá estando activa la Tarifa Plana para trabajadores autónomos en España. Esta Tarifa Plana consiste en una cuota de cotización de sólo 80 euros para aquellos trabajadores por cuenta propia que se den de alta por primera vez en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos).
La cuota de Tarifa Plana se mantiene durante todo el primer año de actividad del trabajador autónomo. Además, se podrá renovar durante un segundo año en caso de que los ingresos del trabajador sean inferiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) durante el primer año de su actividad.
Con todo ello, algunos trabajadores autónomos renovarán la Tarifa Plana en el año 2025. Sin embargo, muchos trabajadores por cuenta propia dejarán de tener derecho a la cuota de Tarifa Plana, al haber agotado el periodo máximo de disfrute que marca la legislación de la Seguridad Social.
Al dejar de pagar la Tarifa Plana, el trabajador pasará a tener que abonar una cuota de cotización correspondiente al tramo específico determinado en función de sus ingresos netos mensuales.
Desde la Seguridad Social recuerdan que «para disfrutar de la tarifa plana debes estar al corriente de pago con la Seguridad Social y las Administraciones Tributarias, así como cumplir los requisitos exigidos».
Claves de la Tarifa Plana de autónomos en 2025
Todos los trabajadores autónomos deben afrontar además la cotización del Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI). En 2024, supone un 0,7%, por lo que el trabajador por cuenta propia paga realmente una cuota de cotización de 86,66 euros por la cuota de Tarifa Plana.
En 2025 se producirá una subida del 0,7% al 0,8% en la cuota del MEI. De este modo, los trabajadores autónomos también tendrán la correspondiente subida en la cuota de Tarifa Plana de la Seguridad Social.
Concretamente, la normativa de la Seguridad Social establece que «la tarifa plana tendrá una duración de 12 meses, prorrogables por otros 12 meses más si tus rendimientos económicos son inferiores al Salario Mínimo Interprofesional y se acredita a través de la declaración sobre la previsión de tus rendimientos netos».
Además, también se contemplan algunas situaciones especiales para trabajadores autónomos en relación a la Tarifa Plana. En estas situaciones especiales, la Tarifa Plana cuenta con una duración inicial de 24 meses, prorrogables un año más:
- Autónomos con discapacidad: El trabajador autónomo debe acreditar una discapacidad igual o superior al 33%.
- Autónomos víctimas de violencia de género: También se debe acreditar la condición de víctima de violencia de género.
- Autónomos víctimas de terrorismo: A través del certificado del Ministerio del Interior, el trabajador debe acreditar la condición de víctima del terrorismo.
Así, los trabajadores autónomos deben tener en cuenta todas estas condiciones de cara al año 2025 y a los cambios correspondientes en la cuota de Tarifa Plana. Tal y como hemos expuesto inicialmente, muchos trabajadores por cuenta propia dejarán de pagar la Tarifa Plana a lo largo del año 2025.