El mes de noviembre se abona la paga extra de Navidad en las pensiones contributivas del sistema español y de las pensiones no contributivas. En este sentido, muchas personas beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital (IMV) se preguntan si también recibirán una paga extraordinaria en el mes de noviembre de 2024.
Desde la Seguridad Social explican que «el Ingreso Mínimo Vital es una prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos básicos para cubrir sus necesidades básicas».
¿Tiene paga extra de Navidad el Ingreso Mínimo Vital?
Entre el jueves 21 y el miércoles 27 de noviembre de 2024, las personas beneficiarias de una pensión contributivas recibirán la denominada como paga extra de Navidad por parte de la Seguridad Social.
Entre las pensiones contributivas de la Seguridad Social se encuentran las pensiones de jubilación, pensiones de incapacidad permanente, pensiones de viudedad, pensiones de orfandad y pensiones en favor de familiares.
En este contexto, es preciso aclarar que las pensiones contributivas derivadas de accidente de trabajo o enfermedad profesional no tendrán paga extra de Navidad en 2024. Este tipo de pensiones se devenga en 12 pagas al año, ya que las pagas extraordinarias se encuentran prorrateadas.
Sin embargo, la Seguridad Social recuerda que las personas beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital no recibirán paga extra de Navidad en 2024. Eso se debe a que el IMV es una prestación económica que solamente se devenga en 12 pagas al año.
En la normativa de la Seguridad Social se establece que «el pago de la prestación será mensual y se efectúa por transferencia bancaria a una cuenta del titular de la prestación». Por tanto, se trata de una prestación que no cuenta con pagas extraordinarias a lo largo del año.
Eso sí, el derecho a cobrar el Ingreso Mínimo Vital se mantendrá mientras el beneficiario mantenga el cumplimiento de los requisitos que dieron origen al reconocimiento de la prestación.
Cuantía del Ingreso Mínimo Vital
El importe del Ingreso Mínimo Vital no es fijo, ya que depende de varios factores. Cada año, el Gobierno de España establece unas cuantías garantizadas del Ingreso Mínimo Vital en función del número de miembros que figuran en la misma unidad de convivencia.
Actualmente, la cuantía del Ingreso Mínimo Vital para un beneficiario individual es de 7.250,60 euros al año. Es decir, supone un importe de 604,21 euros al mes, ya que la prestación se abona en 12 meses al año.
Desde la Seguridad Social manifiestan que «la cuantía del Ingreso Mínimo Vital para el beneficiario individual o la unidad de convivencia será la diferencia entre la renta garantizada y el conjunto de rentas e ingresos de tales personas, siempre que la cuantía resultante sea igual o superior a 10 euros mensuales».
Es decir, el importe del Ingreso Mínimo Vital varía en función del número de miembros que figuran en la misma unidad de convivencia. Además, la Seguridad Social contempla diferentes complementos que se pueden percibir junto al IMV, como el Complemento de Ayuda a la Infancia, complemento por discapacidad o complemento por monoparentalidad.
Del mismo modo, es importante precisar que el Gobierno de España ha aprobado una subida extraordinaria del 15% para personas beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital en las zonas afectadas por la DANA. Este aumento se aplicará durante un periodo de tres meses. También se ha acordado un incremento del 30% en las cuantías del Complemento de Ayuda a la Infancia.