El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha lanzado un mensaje que ha levantado la alerta en muchas personas. Y es que va a dejar de conceder el subsidio por desempleo a las personas mayores de 52 años que no cumplan con los requisitos exigidos, ya que se va a incluir un nuevo elemento que hará que muchas personas pierdan esta ayuda.
Este subsidio es una ayuda económica muy importante para las personas que se encuentran en situación de desempleo y que no logran encontrar un puesto de trabajo dentro del mercado laboral. Actualmente, la cuantía para el subsidio para mayores de 52 años del SEPE esta fijado en el 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), lo que actualmente supone 480 euros mensuales.
Si no cumples este requisito no podrás acceder al subsidio para mayores de 52 años
Desde el SEPE aseguran que unas de las condiciones que se deben de cumplir para acceder al subsidio para mayores de 52 años es haber cotizado al menos seis años por desempleo durante la vida laboral. Dentro de esta cotización se debe de incluir también los periodos trabajados por cuenta ajena bajo el Régimen General de la Seguridad Social. Por lo tanto, si no se cumple este requisito, no se podrá recibir la prestación, aunque cumplan con los demás criterios establecidos.
Además, este organismo público ha señalado que aquellos que hayan trabajado como autónomos no podrán acceder al subsidio, ya que el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) no cotiza para el desempleo. Para quienes sí puedan acceder, además de haber cotizado seis años por desempleo, es necesario cumplir con otros requisitos, que vamos a mostrar en el siguiente apartado.
Requisitos para acceder al subsidio para personas mayores de 52 años
Desde el SEPE recogen cuales son los requisitos que deben de cumplir las personas mayores de 52 años para poder acceder a este subsidio, que es gestionado por el Ministerio de Trabajo y Economía Social:
- Estar en situación de desempleo
- Tener 52 años o más en la fecha en que se cumplan los requisitos para acceder al subsidio por encontrarse en alguno de los siguientes supuestos:
- Haber agotado la prestación contributiva o el subsidio por desempleo.
- Ser emigrante que ha retornado a España
- Ser liberado o liberada de prisión sin derecho a prestación contributiva por desempleo
- Haber sido declarado o declarada plenamente capaz o persona con incapacidad permanente parcial
- Estar en situación legal de desempleo y no tener derecho a prestación contributiva por desempleo, habiendo cotizado por desempleo, al menos, entre 90 y 359 días.
- Estar inscrito o inscrita como demandante de empleo durante un mes desde que se agote la prestación por desempleo que estabas percibiendo
- Cumplir el acuerdo de actividad, que está incluido en la solicitud del subsidio
- Carecer de rentas propias de cualquier naturaleza que en cómputo mensual sean superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
Si quieres informarte más, puedes visitar la web del SEPE donde se recoge todo lo relativo al Subsidio para Personas mayores de 52 años.