El Gobierno de España está llevando a cabo una modificación mediante la cual, las consecuencias por el reconocimiento de una incapacidad permanente ya no volverán a ser las mismas. Esto es gracias a la aprobación por parte del Consejo de Ministros el pasado mes de julio, de un cambio en cuanto a derechos laborales se refiere, para el afectado por una enfermedad o accidente, al que la Seguridad Social le conceda una incapacidad permanente, ya sea total, absoluta o de gran invalidez.
Se trata de la eliminación de la opción que tenían las empresas para poder despedir automáticamente a un trabajador cuando se le concedían una incapacidad permanente. Y es que hasta ahora, este despido fulminante, era posible. Un hecho que para muchos, era tachado como aberración para el trabajador, que además de sufrir una dolencia incapacitante, tenía que enfrentarse ala hecho de que se le negara cualquier tipo de opción a actuar en base a su voluntad en sus opciones laborales.
No habrá más despidos automáticos por incapacidad permanente
La gestión laboral que se llevaba a cabo por la parte legislativa en cuanto a los trabajadores a los que se le concedía una incapacidad permanente, ha dado un giro de 180 grados, gracias a una de las grandes reformar llevadas a cabo por el Gobierno de España. Y es que por increíble que parezca, hasta ahora era posible despedir de forma automática a un trabajador cuando se le concedía una incapacidad, porque lo recogía el artículo 49.1 e.) del Estatuto de los Trabajadores.
Pero todo ha cambiado. El Consejo de Ministros aprobó el pasado mes de julio una reforma gracias a la cual, se ha eliminado la opción de despedir de forma automática a un trabajador, por este motivo. Tanto es así, que el Estatuto de los trabajadores va a ser modificado con el objeto de proteger de forma eficaz el empleo de las personas con algún tipo de discapacidad. Así pues, estas personas comenzarán a tener voz en lo relativo a su vida laboral.
Las empresas por su parte, pierden esta potestad para despedir a una persona a la que se le ha concedido una incapacidad permanente de forma automática. Pero no solo eso. A partir de ahora deberán acatar la decisión de este una vez decida qué hacer con su futuro laboral. Por tanto, será el trabajador quien decida si quiere seguir con su actividad profesional habitual, si quiere un puesto más acorde a sus nuevas circunstancias, o si quiere dejar de trabajar en la empresa.
Paso a paso a seguir a partir de ahora
A partir de ahora, cuando a un trabajador se le conceda una incapacidad permanente, este tendrá el plazo de un mes para decidir qué hacer con su empleo. Entre las opciones, tendrá disponible:
- Solicitar quedarse en su puesto de trabajo y que se adapte a sus necesidades.
- Pedir a la empresa otro puesto más acorde a su nueva situación.
- Decidir irse de la empresa.
Para no quedar desprotegido, durante ese mes de reflexión, contará con el subsidio por incapacidad temporal. Una vez tomada la decisión, si la respuesta va vinculada con permanecer en la empresa, será esta la que cuente con un periodo de tres meses para hacer las remodelaciones necesarias para adaptar el puesto de trabajo a las nuevas necesidades del empleado.
Como se puede comprobar, la opción del despido no ha sido eliminada del todo, y sigue vigente, no obstante, con una gran diferencia: Y es que será el trabajador el que tendrá la potestad para decidir si quiere continuar en la empresa o no, y no el empleador el que pueda despedirlo de forma automática.