Siempre hablamos de que las personas mayores, al ser considerados uno de los colectivos vulnerables, suele contar con multitud de descuentos, ventajas y beneficios fiscales, como el nuevo con el que cuenta la Agencia Tributaria, que permite ahorrar hasta 1.150 euros en las familias a las personas mayores de 65 años.
Se trata de un beneficio fiscal que se aplica directamente sobre la declaración de la Renta del IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas). Es decir, es una especie de «descuentos» diseño paraapoyar a las familias que cuidan y conviven con personas mayores de 65 años, permitiendo deducir una cantidad específica en la declaración de la renta.
Requisitos para acogerse a este beneficio fiscal para personas mayores
Desde la Agencia Tributaria señalan que las personas que se quieran acoger a este beneficio fiscal, para deducirse 1.150 euros, deberán de cumplir una serie de requisitos, entre los que encontramos:
- Edad: La Agencia Tributaria señala que el ascendiente debe tener más de 65 años (o más de 75 años para sumar 1.400 euros extra, haciendo un total de 2.550 euros). Sin embargo, si el ascendiente tiene una discapacidad, la deducción se aplica sin importar su edad.
- Convivencia: La Ley del IRPF requiere que el ascendiente viva con el contribuyente al menos la mitad del año. En el caso de ascendientes con discapacidad que dependan del contribuyente y estén internados en centros especializados, se considera que cumplen con el requisito de convivencia. Si la convivencia es inferior a seis meses, no es posible repartir la deducción entre varios descendientes, una situación que es común en la práctica.
- Límite de ingresos: Las rentas anuales de cada ascendiente, excluyendo las exentas, no deben superar los 8.000 euros, sin contar los ingresos exentos de tributación.
- No hacer la declaración de la renta: El ascendiente no debe presentar declaración de IRPF con rentas superiores a 1.800 euros.
La cuantía del beneficio fiscal para personas mayores puede alcanzar los 2.450 euros
Como hemos indicado anteriormente, si nos acogemos a este beneficio fiscal no recibieron una ayuda o prestación económica, sino que se trata de una desgravación fiscal, en la que las personas que cumplan con los requisitos mencionados anteriormente podrán deducirse hasta 1.150 euros en su declaración de la Renta por cada persona mayor de 65 años que conviva en su domicilio. También se puede aplicar este criterio si la persona tiene discapacidad dentro del mismo núcleo familiar, sin importar la edad en este caso.
En el portal de la Agencia Tributaria señalan que en el supuesto de fallecimiento del contribuyente, la cuantía del mínimo del contribuyente se aplicará en su integridad.
Por último, como ya hemos mencionado, existe la posibilidad de que este beneficio fiscal sea aun mayor y, es que, en los casos en los que la persona mayor tenga 75 años o más, la deducción que se va a ofrecer va a alcanzar los 2.550 euros en total, ya que se va a sumar 1.400 euros extras a los 1.150 que ya existen para los mayores de 65 años.