El programa de turismo del IMSERSO es una iniciativa de la Seguridad Social dirigida a personas mayores de 65 años que desean explorar nuevos destinos y disfrutar de unas vacaciones más baratas. A lo largo de los años, este programa ha permitido a miles de personas mayores viajar y vivir experiencias enriquecedoras.
La última edición lanzada por el IMSERSO incluye algunas novedades, con una oferta amplia de destinos en todas las provincias de España y casi 900.000 plazas disponibles. Estas plazas están distribuidas en tres categorías: 443.887 para viajes a la costa peninsular, 30.039 para la costa insular y 212.343 para escapadas turísticas.
Todas las veces que puedes viajar con el IMSERSO
En la temporada de viajes de 2024-2025, el programa de viajes del IMSERSO permitirá a los beneficiarios realizar un número ilimitado de viajes. Actualmente no existen restricciones en cuanto a la cantidad de viajes que se pueden solicitar. Sin embargo, es importante tener en cuenta que el número de plazas disponibles para cada destino es limitado.
En los viajes del IMSERSO, la asignación de plazas se basa en un sistema de puntos. Aunque se pueden solicitar múltiples viajes, no siempre se garantizan todos los destinos deseados debido a este sistema de valoración y adjudicación.
Los interesados deben presentar una solicitud eligiendo sus destinos preferidos, y luego se lleva a cabo un proceso de valoración para la asignación de plazas. Este sistema asegura que las plazas se distribuyan de manera justa entre los solicitantes.
Estas son las personas mayores que pueden ir a los viajes del IMSERSO
Según explica el IMSERSO y conforme a la Orden SCB 926/2018, de 10 de septiembre, que regula el Programa de Turismo del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, y la Resolución de 12 de junio de 2023 del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, podrán acceder al programa:
- Residentes en España que cumplan alguno de estos requisitos:
- Ser pensionista de jubilación del sistema público español de pensiones.
- Ser pensionista de viudedad con cincuenta y cinco o más años de edad.
- Ser pensionista por otros conceptos o perceptor de prestaciones o subsidios de desempleo, con sesenta años cumplidos o más.
- Ser asegurado o beneficiario del Sistema de la Seguridad Social, con sesenta y cinco años cumplidos o más.
- Ser emigrante retornado a España y pensionista del sistema público de la Seguridad Social del país de retorno.
- Los españoles residentes en el extranjero que cumplan los requisitos mencionados anteriormente pueden participar en el programa. Aquellos que residan en Alemania, Andorra, Austria, Bélgica, Dinamarca, Finlandia, Francia, Holanda, Italia, Luxemburgo, Noruega, Portugal, Reino Unido, Suecia y Suiza podrán gestionar su participación a través de las correspondientes Consejerías de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.
- Españoles de origen emigrantes que hayan retornado a España, siempre que sean pensionistas de los sistemas públicos de Seguridad Social del país o países de donde emigraron.
Los beneficiarios del programa podrán ir acompañados por su cónyuge, pareja de hecho, o persona con la que mantengan una unión estable y convivencial con una relación de afectividad similar a la conyugal, sin que estos deban cumplir los requisitos de edad o pensión.
También podrán ir acompañados de hijos/as con discapacidad, en un grado igual o superior al 45 por ciento, siempre que viajen con sus padres y se alojen en la misma habitación o, en su caso, abonen el suplemento correspondiente para habitaciones dobles de uso individual, sujeto a la disponibilidad de plazas.