La cuantía a cobrar por una pensión de viudedad varía en función de diferentes factores. Uno de los factores determinantes son las circunstancias personales de la persona beneficiaria de la pensión.
Hay que recordar que la pensión de viudedad forma parte de las pensiones contributivas del sistema español. Por tanto, la cuantía de estas pensiones se actualiza cada año en función del IPC interanual del año anterior.
En 2024, las cuantías de las pensiones de viudedad se han revalorizado en un 3,8%. Por su parte, las cuantías de las pensiones mínimas de viudedad han aumentado en un 6,9%. Además, el importe de la pensión mínima de viudedad con cargas familiares se ha incrementado en un 14% con respecto al año 2024.
Aumento del 10% en la pensión de viudedad
La pensión de viudedad es una prestación económica a la que tienen derecho las personas que han mantenido un vínculo matrimonial o han sido pareja de hecho de la persona fallecida.
Cuanto mayor fuese el salario de la persona fallecida, mayor será el importe a percibir por la pensión de viudedad. Por lo general, la cuantía de la pensión de viudedad es equivalente al 52% de la base reguladora de la persona fallecida.
Si bien, existe la posibilidad de aumentar este porcentaje hasta un 60% de la base reguladora, es decir, casi un 10% más. Para ello, es necesario que la persona beneficiaria tenga 65 años o más. Además, también es obligatorio que cumpla con los requisitos de carencia de rentas y no perciba otros ingresos superiores a 7.707 euros anuales.
Igualmente, la cuantía de la pensión de viudedad puede llegar a ser de un 70% de la base reguladora de la persona fallecida. Si bien, es conveniente que se cumplan las tres siguientes condiciones:
- La persona beneficiaria debe tener cargas familiares.
- La pensión de viudedad debe ser la única o principal fuente de ingresos.
- Es necesario cumplir el requisito de carencia de rentas vigentes.
Por otro lado, los expertos del Banco Santander informan que «en los casos de que el fallecimiento se debiese a accidente de trabajo o enfermedad profesional, la prestación se aumentará entre un 30% y un 50% si hubieran faltado medidas de prevención de riesgos laborales en la empresa».
Complemento para la pensión de viudedad
Junto con todo lo expuesto anteriormente, las personas beneficiarias de una pensión de viudedad también pueden cobrar el denominado como complemento para reducir la brecha de género en las pensiones.
Este complemento es totalmente compatible con la pensión de viudedad, independientemente de la cuantía que le corresponda cobrar a la persona perceptora de la pensión de viudedad y de sus circunstancias familiares.
El complemento para reducir la brecha de género en las pensiones está habilitado para aquellas personas que acrediten haber sufrido un perjuicio en su carrera de cotización en los periodos posteriores al nacimiento de uno o varios hijos. Se puede cobrar junto a la pensión de viudedad, pensión de jubilación y la pensión de incapacidad permanente.
Para este año 2024, el importe del complemento para reducir la brecha de género es de 33,20 euros al mes por cada hijo con el que se cumplan los requisitos, hasta un máximo de cuatro hijos. Es decir, constituye un importe anual de 465 euros por cada hijo con el que se cumplan las condiciones descritas.