El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) recuerda que la pensión de incapacidad permanente es compatible con la percepción de una prestación contributiva por desempleo. Para ello, es preciso que se cumplan una serie de requisitos básicos.
Las pensiones de incapacidad permanente son un tipo de pensión con unas características muy particulares. Además, el Gobierno de España ha aprobado recientemente ciertas medidas que influyen en las pensiones de incapacidad.
Cobrar el paro con una incapacidad permanente
Por norma general, la pensión de incapacidad permanente no es compatible con la prestación contributiva por desempleo. Sin embargo, existe una excepción en la que ambas prestaciones pueden cobrar al mismo tiempo.
Supongamos que una persona beneficiaria de una incapacidad permanente inicia un nuevo trabajo y posteriormente es despedida del mismo. Si cumpliese los requisitos para cobrar la prestación contributiva por desempleo, podrá compatibilizar la pensión con la prestación del paro.
Recientemente, el Gobierno de España ha aprobado eliminar el despido automático tras el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente. En este sentido, el trabajador podrá elegir si continúa en el mismo puesto de trabajo con una adaptación, si se traslada a otra ocupación dentro de la propia empresa o si pone fin a la relación contractual con la empresa en la que trabajaba.
Con todo, desde el SEPE afirman que «si has cotizado por desempleo 360 días o más, por haber realizado trabajos compatibles con la pensión de invalidez, y cumples el resto de requisitos exigidos, podrás acceder a la prestación por desempleo y percibirla simultáneamente con la de invalidez».
Requisitos del SEPE para cobrar el paro
Para poder cobrar la prestación contributiva por desempleo, la persona beneficiaria de una incapacidad permanente tendrá que cumplir con los requisitos exigidos por parte del SEPE para cobrar el paro.
Así, estos son los requisitos fundamentales para tener derecho a cobrar la prestación contributiva por desempleo en 2024:
- Estar en situación legal de desempleo.
- Estar inscrito como demandante de empleo y mantener dicha inscripción durante todo el periodo de percepción de la prestación económica.
- No haber cumplido la edad ordinaria de jubilación.
- Haber cotizado un mínimo de 360 días al desempleo.
Cumpliendo con todos estos requisitos, una persona beneficiaria de una incapacidad permanente podrá cobrar la prestación contributiva por desempleo. Así se recoge en la normativa correspondiente del SEPE.
En este sentido, desde el SEPE manifiestan que «la cuantía de la prestación contributiva depende de las bases de cotización a la Seguridad Social por contingencias profesionales, durante los 180 últimos días cotizados, sin tener en cuenta las horas extraordinarias».
La solicitud para cobrar la prestación contributiva por desempleo se puede realizar directamente a través de la Sede Electrónica del SEPE, aunque también se puede solicitar en cualquier oficina de prestaciones.