La pensión por incapacidad permanente es una prestación económica que busca a quienes a consecuencia de una enfermedad o accidente, sea este laboral o no, han visto reducida total o parcialmente su capacidad para seguir desarrollando su actividad profesional. Esto significa, que se trata de una ayuda que en muchos casos puede ser determinante para los afectados. Pues si una persona pierde su capacidad para desarrollar un trabajo, pierde a la vez la opción de obtener un salario.
El organismo encargado de gestionar la mayor parte de las prestaciones que se contemplan en España para personas que por diferentes motivos, se encuentran en un estado de vulnerabilidad económica, es la Seguridad Social un organismo que mantiene un sistema constante en el que por un lado los ciudadanos contribuyen, para por el otro, poder percibir una pensión en caso de incapacidad permanente o también, de llegar a la edad ordinaria de jubilación cumpliendo los requisitos establecidos.
Inicio de procedimiento de incapacidad permanente
Pero, ¿Cómo llega una persona a conseguir una pensión por incapacidad permanente? Es importante tener claro que sea cual sea el motivo que lleve a una persona al cobro de esta prestación, siempre es la Seguridad Social el organismo que tiene la potestad de determinar si se concede o por el contrario, no se encuentran indicios que indiquen que el solicitante necesita de esta ayuda para vivir, o que no puede desarrollar su actividad profesional normalmente.
Si nos remontamos a cómo empieza todo, es importante señalar que el expediente para conseguir una incapacidad permanente puede iniciarse de dos formas. Por una parte, puede que sea el propio interesado quien tome la iniciativa para acceder a esta pensión. Sin embargo, también puede ser la Seguridad Social quien inicie este proceso. Este segundo paso es sin duda un buen indicador de garantía puesto que significa que la administración ya ha visto indicios de que al trabajador podría corresponderle una incapacidad permanente.
Cuando es la Seguridad Social quien inicia el proceso, el trabajador suele recibir un SMS en el momento en el que está de baja laboral, en el que se le comunica el inicio de este proceso de reconocimiento de incapacidad permanente, con un mensaje que dice: «INSS informa en base al último reconocimiento médico de incapacidad temporal se propone inicio de expediente de incapacidad permanente. Recibirá resolución». Y en ese momento, se empieza a estudiar el caso.
Proceso para este acuerdo
Por tanto, todo aquel que recibe una pensión por incapacidad permanente es porque en última instancia, la Seguridad Social así lo ha establecido. Esto sin perjuicio de que haya sido el interesado o el mismo organismo quien haya iniciado el procedimiento. No obstante, siempre hay más opciones de que se apruebe la prestación si es la Seguridad Social quien inicia ese proceso.
En cualquiera, de los casos, hay un proceso que debe seguirse para llegar a conseguirse una incapacidad permanente:
- Solicitud: Como hemos adelantado, puede presentarla el trabajador o la propia Seguridad Social.
- Reconocimiento médico: El tribunal médico de la Seguridad Social realiza un examen médico del solicitante para evaluar su estado de salud.
- Evaluación de documentación: Se revisan informes médicos, historial laboral y otros documentos relevantes.
- Emitir dictamen: El tribunal médico emite un dictamen propuesta, analizando si el trabajador cumple con los requisitos para ser declarado incapacitado permanentemente y bajo qué grado. Esto significa que establece su opinión con respecto al caso, pero esta decisión no es definitiva.
- Resolución administrativa: La entidad gestora toma una decisión basada en el dictamen médico, notificando al solicitante sobre la concesión o denegación de la incapacidad permanente. Es decir, es la Seguridad Social quien tiene la última palabra.
- Notificación y recursos: El interesado recibe la notificación oficial. En caso de desacuerdo, se puede interponer un recurso o reclamar judicialmente.