8 meses para que le aprueben la tarjeta de aparcamiento para personas con movilidad reducida. Ese es el tiempo que ha tenido que esperar Jesús, un ciudadano de Cádiz que lleva desde mayo esperando a que finalice este trámite para recibir esa tarjeta, tal y como ha informado el Diario de Cádiz.
Y es que la realidad es que la Junta de Andalucía, organismo que se encarga en tramitar estos documentos, está tardando entre seis y ocho meses para llevar a cabo la aprobación de las tarjetas de aparcamiento para personas con movilidad reducida.
Este organismo define la tarjeta de aparcamiento para personas con movilidad reducida como aquel documento personal e intransferible de la persona titular de esta tarjeta que sirve para aparcar en zonas reservadas para personas con movilidad reducida.
UN FALLO EN EL PROCEDIMIIENTO PARA SOLICITAR LA TARJETA DE APARCAMIENTO (PMR)
Jesús comenta en el citado diario que «hace unos días a la delegación de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad para reclamar que la tarjeta la tenía ya caducada y que aún seguía esperando una resolución y que temía que al estar circulando y aparcamiento con el documento ya caducado me pongan una multa».
«Me dicen que, de momento, ponga la caducada y que si me multan, que no creen que lo hagan, que recurra la sanción probando que el documento ya está en proceso de renovación y que éste se inició en el plazo debido», indica.

La Junta de Andalucía reconoce que hay un fallo con el procedimiento de renovación de las tarjetas de aparcamiento para personas con movilidad reducida, que está totalmente paralizado. Este gobierno ha destacado que «hay un retraso», que se debe principalmente a la implantación del nuevo baremo de movilidad y discapacidad, que tiene el sistema paralizado.
Así mismo reiteran que se trata de un «problema puntual». Desde la Junta indican que «el hecho de que esté pendiente de renovación no le impide que la persona pueda seguir circulando mientras que acredite que ha presentado en plazo renovación».
REQUISITOS PARA SOLICITAR LA TARJETA DE APARCAMIENTO PARA PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA
Desde la Junta de Andalucía señalan que las personas que tengan la tarjeta de personas con movilidad reducida van a poder:
- Estacionar en zonas reservadas para personas con movilidad reducida.
- Aparcar el vehículo gratuitamente y sin limitación de tiempo en las áreas verdes, azules y zonas de carga/descarga, siempre que no afecte las limitaciones de circulación y estacionamiento de las áreas peatonales y en función de las Ordenanzas de las Corporaciones Locales.
- Acceder a las plazas de aparcamiento reservadas y habilitadas por los Ayuntamientos para vehículos que transportan a personas con movilidad reducida y que son titulares de tarjeta de aparcamiento.
- Estacionar en las plazas de aparcamiento públicas reservadas para personas con discapacidad, distribuidas en las zonas consideradas de interés, en los núcleos urbanos.
- Aparcar en cualquier lugar de la vía pública, durante el tiempo imprescindible, siempre que no impida la circulación de vehículos o peatones.
Para ello, es indispensable tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%. Además, deberá de cumplir alguna de las siguientes circunstancias, como son presentar graves problemas de movilidad reducida, ya sea siendo usuario/a de silla de ruedas, tener dependencia absoluta de dos bastones para deambular, o presentar conductas agresivas o molestas de difícil control, a causa de graves deficiencias intelectuales. O en su defecto, alcanzar al menos 7 puntos en el baremo de valoración de movilidad vigente (Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre).
También puede recibir esta ayuda por tener reconocida una deficiencia visual que implique un grado de las limitaciones en la actividad igual o superior al 65%. Esta tarjeta de aparcamiento para personas con movilidad reducida podrá ser solicitar para los menores de tres años que presenten una discapacidad grave o muy grave.