En pro de ayudar económicamente a las personas mayores, el Instituto de Mayores y Servicios Sociales, conocido como IMSERSO, cuenta con un complemento que se puede sumar a las pensión no contributiva de jubilación. Se trata de un complemento para titulares de pensión no contributiva que residan en una vivienda alquilada. Para acceder a esta prestación se deberá de cumplir una serie de requisitos.
Requisitos para acceder al complemento de 525 euros del IMSERSO
Desde el IMSERSO señalan que se podrán beneficiar de este complemento para titulares de pensión no contributiva que residan en una vivienda alquilada las personas que reúnan, a la fecha de la solicitud, los siguientes requisitos:
- Tener reconocida una pensión de jubilación o invalidez de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva, en la fecha de la solicitud y en la de resolución. Por lo tanto las personas mayores de 65 años que reciban la pensión no contributiva de jubilación podrán acceder a este complemento.
- Carecer de vivienda en propiedad.
- Ser titular del contrato de arrendamiento de la vivienda.
- No tener con el arrendador de la vivienda alquilada relación conyugal o de parentesco hasta el tercer grado ni constituir con aquél una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal.
- Tener fijada su residencia, como domicilio habitual, en una vivienda alquilada. Se entenderá que es el domicilio habitual cuando la vigencia del arrendamiento no sea inferior a un año y haya residido en la misma durante un período mínimo de 180 días anteriores a la fecha de la solicitud.
El IMSERSO explica que si en la misma vivienda alquilada conviven dos o más personas que tuvieran reconocida una pensión no contributiva , solo tendrá derecho a este complemento aquel que sea el titular del contrato de arrendamiento o, de ser varios, el primero de ellos.
Requisitos para acceder a una pensión no contributiva de jubilación
Como hemos visto, para poder acceder al complemento para titulares de pensión no contributiva que residan en una vivienda alquilada la persona deberá de recibir una pensión no contributiva, que puede ser de jubilación. Para acceder a esta prestación se deberá de cumplir una serie de requisitos, entre los que se incluye tener sesenta y cinco o más años.
Además, se debe residir en territorio español y haberlo hecho durante un período de diez años, en el período que media entre la fecha de cumplimiento de los dieciséis años y la de devengo de la pensión, de los cuales dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
Por último, esta persona mayor deberá de carecer de ingresos suficientes. Esto quiere decir que existe carencia cuando las rentas o ingresos personales de que se disponga, en cómputo anual para 2024, sean inferiores a 7.250,60 euros anuales. No obstante, si las rentas o ingresos personales son inferiores a 7.250,60 euros anuales y se convive con familiares, únicamente se cumple el requisito cuando la suma de las rentas o ingresos anuales de todos los miembros de su unidad económica de convivencia, sean inferiores a las cuantías que se recogen más adelante.