Las personas con discapacidad van a tener la posibilidad de acceder a la tarjeta de aparcamiento de vehículos para personas con movilidad reducida siempre y cuando cumplan con los dos requisitos que se exigen, como es el tener una discapacidad reconocida igual o superior al 33% y presentar movilidad reducida.
Debemos de tener en cuenta que la tarjeta de aparcamiento para personas con movilidad reducida es un documento personal e intransferible de la persona titular de esta tarjeta.
5 servicios que ofrece la Tarjeta PMR de aparcamiento
Desde la Junta de Andalucía aseguran que las personas que tengan la tarjeta PMR de aparcamiento van a tener la posibilidad de acogerse a una serie de servicios, entre los que encontramos:
- Estacionar en zonas reservadas para personas con movilidad reducida.
- Aparcar el vehículo gratuitamente y sin limitación de tiempo en las áreas verdes, azules, y zonas de carga y descarga, siempre que no afecte las limitaciones de circulación y estacionamiento de las áreas peatonales. Y siguiendo las Ordenanzas del Ayuntamiento.
- Acceder a las plazas de aparcamiento reservadas y habilitadas por los Ayuntamientos.
- Estacionar en las plazas de aparcamiento públicas reservadas para personas con discapacidad, distribuidas en las zonas consideradas de interés, en los núcleos urbanos.
- Aparcar en cualquier lugar de la vía pública, durante el tiempo imprescindible, siempre que no impida la circulación de vehículos o peatones.
Además, especifica que la tarjeta de aparcamiento de transporte colectivo para personas con movilidad reducida permita estacionar el vehículo, gratuitamente y durante el tiempo imprescindible, para recoger o dejar personas con discapacidad y movilidad reducida, en las zonas verdes, azules, y de carga y descarga, y en cualquier lugar de la vía pública, siempre que no impida la circulación de vehículos y peatones.
En este sentido, la tarjeta individual o colectiva, no autoriza a estacionar en doble fila, sobre la acera o en paradas reservadas para taxis, motos y otros vehículos especiales (hoteles, organismo oficiales…).
¿Cómo se debe de utilizar la tarjeta PMR de aparcamiento?
La persona titular de la tarjeta debe ir en el vehículo. Podrá ser:
- Conductor/a en vehículo de su propiedad o en cualquier otro.
- Acompañante. El vehículo podrá ser conducido por otro conductor o conductora, siendo indispensable que siempre se desplace en su interior la persona titular de la tarjeta con movilidad reducida. En caso contrario, se establecerán las sanciones previstas por el ordenamiento jurídico.
Además, recoge la tarjeta de aparcamiento de vehículos de transporte colectivo de personas con movilidad reducida sólo podrá utilizarse por su titular en el vehículo autorizado cuyo número de matrícula figure en la tarjeta, y siempre que se estén efectuando los servicios de transporte de personas con movilidad reducida.
En este sentido, la persona titular de la tarjeta que viaje en el vehículo, como conductor o conductora, o se desplace en el vehículo debe colocar en el salpicadero del coche, de manera visible, el anverso de la tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida o adherirla al parabrisas delantero por el interior, siempre con el documento original.
Finalmente debemos de tener en cuenta que el uso indebido de la tarjeta de aparcamiento será sancionable de acuerdo con el ordenamiento jurídico, sin perjuicio de la aplicación de la normativa de tráfico vigente por la Policía Local, como responsable de controlar el uso adecuado de la tarjeta de aparcamiento.