Las personas perceptoras de una pensión de incapacidad permanente tienen la oportunidad de cobrar varias ayudas complementarias. Para tener derecho a recibir estas ayudas es necesario que se cumplan una serie de requisitos básicos marcados por la normativa vigente. Principalmente, la posibilidad de compatibilizar estas ayudas queda marcada por requisitos de ingresos.
Es preciso recordar que la pensión contributiva de incapacidad permanente tiene como finalidad paliar la pérdida de ingresos que sufre un trabajador a causa de una lesión o enfermedad, que reduce o anula su capacidad laboral.
5 ayudas compatibles con la incapacidad permanente
Los ciudadanos que tienen reconocida una pensión de incapacidad permanente en España, debido a esta condición, tienen la posibilidad de acceder a diferentes ayudas complementarias. Además, muchas personas desconocen que pueden cobrar estas ayudas al ser beneficiarios de una incapacidad permanente.
A continuación, enumeramos un total de 5 ayudas que se pueden cobrar de forma complementaria junto a la pensión de incapacidad permanente:
- Pensión no contributiva de invalidez.
- Prestación por incapacidad temporal.
- Prestación contributiva por desempleo.
- Complemento para reducir la brecha de género en las pensiones.
- Prestación por hijo a cargo.
En primer lugar, encontramos la pensión no contributiva de invalidez. Esta prestación está destinada a personas con discapacidad igual o superior al 65% y que no han cotizado lo suficiente como para cobrar una pensión contributiva.
Al respecto, los profesionales de ‘Fidelitis’ aclaran que «aunque generalmente no es compatible con la pensión contributiva, sí es posible en determinados casos recibir una prestación no contributiva si la persona cumple los requisitos económicos y de grado de discapacidad, siempre que el importe conjunto no supere ciertos límites».
Otra ayuda complementaria con la pensión de incapacidad permanente es la prestación por hijo a cargo. Consiste en una ayuda para personas con hijos menores de 18 años a cargo o hijos mayores de 18 años con discapacidad.
Más ayudas compatibles con la incapacidad permanente en España
La prestación por incapacidad temporal también es compatible con la pensión por incapacidad permanente. Por ejemplo, en caso de que un trabajador con incapacidad permanente total se encuentre de baja laboral en su nuevo empleo. En este caso, también tendrá derecho a percibir la prestación de incapacidad temporal durante el periodo de baja.
Tal y como hemos comentado anteriormente, la pensión de incapacidad permanente también se puede compatibilizar con la prestación contributiva por desempleo. En relación a esta compatibilidad es conveniente matizar ciertos aspectos.
Los profesionales de ‘Fidelitis’ manifiestan que «en algunos casos, las personas con incapacidad permanente que pueden trabajar en otro empleo podrían tener derecho a las prestaciones por desempleo, si pierden ese nuevo trabajo. Este tipo de ayuda es compatible con la pensión por incapacidad permanente parcial o total, pero no con la incapacidad permanente absoluta ni con la Gran Invalidez».
Por último, tenemos el complemento para reducir la brecha de género en las pensiones. Este complemento habilitado por la Seguridad Social se puede percibir con las pensiones de jubilación, incapacidad permanente y viudedad.
Dicho complemento está destinado a las personas que acreditan haber sufrido un perjuicio en su carrera de cotización en los periodos posteriores al nacimiento de uno o varios hijos. Tanto mujeres como hombres pueden recibir esta ayuda.
Además, el Gobierno de España ha confirmado que la cuantía del complemento para reducir la brecha de género en las pensiones subirá a partir del 1 de enero de 2025. El complemento se puede cobrar por hasta un máximo de 4 hijos.