Las personas que dejan de cobrar el paro o no alcanzan los requisitos necesarios para su percepción, tienen la oportunidad de solicitar diferentes subsidios por desempleo gestionados por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE); siempre que cumplan las condiciones para ello.
Por lo general, los diferentes subsidios por desempleo están dirigidos a personas que se encuentran en situación de desempleo y que acreditan tener falta de ingresos, en base a la normativa establecida por el Ministerio de Trabajo y Economía Social.
Uno de los aspectos comunes entre todos los subsidios por desempleo es que la cuantía mensual de cada uno de ellos es equivalente al 80% del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM). En este año 2022 se trata de un importe de 463, 21 euros.
Subsidios para personas sin ingresos
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) gestiona diferentes subsidios por desempleo destinado a personas que han agotado el derecho a la prestación contributiva y que acreditan carencia de ingresos:
- Subsidio extraordinario por desempleo.
- Para mayores de 52 años.
- Para mayores de 45 años y sin responsabilidades familiares.
- Con cargas familiares.
También encontramos el subsidio por cotización insuficiente, que es una ayuda económica destinada a los trabajadores que no han cotizado lo suficiente al desempleo como para tener derecho a una prestación contributiva por desempleo.
Por último, es importante destacar la Renta Activa de Inserción (RAI), que es un subsidio dirigido a colectivos vulnerables que no tienen derecho a la prestación contributiva o subsidio por desempleo. Entre los colectivos vulnerables están las personas con discapacidad, emigrantes retornados, víctimas de violencia de género o violencia doméstica y parados de larga duración.
¿Qué es la carencia de rentas?
Para percibir estos subsidios por desempleo, es necesario cumplir determinados requisitos básicos. Muchos de ellos comparten requisitos comunes, aunque también existen condiciones específicas para acceder a cada tipo de subsidio.
No obstante, uno de los requisitos principales y comunes para todos los subsidios es acreditar ante el SEPE que existe carencia de rentas. Es decir, el ciudadano debe certificar mediante una forma clarividente que se encuentra en una situación de vulnerabilidad económica.
En concreto, las personas que soliciten cualquiera de estos subsidios, deben acreditar que sus ingresos de cualquier naturaleza no superan el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente en cada momento; excluida la parte proporcional de las dos pagas extraordinarias.
Actualmente, el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en España se sitúa en 1.000 euros brutos, tras la última subida impulsada por el ministerio de Trabajo y Economía Social que encabeza Yolanda Díaz.
El requisito de carencia de rentas es fundamental para tener derecho a percibir cada uno de estos subsidios. Si bien, es un requisito que también se debe mantener durante el periodo de percepción de la prestación.
Un caso particular ocurre con el subsidio para mayores de 52 años, que se puede cobrar hasta alcanzar la edad ordinaria de jubilación. No obstante, la persona beneficiaria debe cumplir los requisitos iniciales cada año y presentar la Declaración Anual de Rentas ante el SEPE.