La cuantía a percibir por la pensión de viudedad depende de la base reguladora del cónyuge causante. Además, también puede variar en función de las circunstancias personales de la persona beneficiaria, como la edad, situación familiar o situación económica.
Por lo general, el importe de la pensión de viudedad es equivalente al 52% de la base reguladora de la persona causante. Si se cumplen determinadas condiciones, puede llegar a un 60% e incluso un 70% de la base reguladora.
4 fórmulas para calcular la pensión de viudedad
Respecto al cálculo de la cuantía de la pensión de viudedad, desde BBVA argumentan que «varía según el fallecimiento del causante de la pensión derive de enfermedad común, o de accidente de trabajo y enfermedad profesional, o de accidente no laboral, y según la condición del causante (como pensionista o bien como trabajador en situación de alta, asimilada al alta o no alta, pero cumpliendo el requisito de años de cotización exigidos en ese caso».
Si la persona fallecida era pensionista, la base reguladora para calcular la pensión de viudedad será la misma que se utilizó para calcular la pensión de jubilación o incapacidad permanente de la persona fallecida.
En caso de que el fallecimiento de la persona causante se haya producido por enfermedad común, estando el trabajador en activo, el procedimiento es diferente. En concreto, para calcular la base reguladora se divide entre 18 la suma de las bases de cotización de 24 meses ininterrumpidos que deben elegirse por la persona beneficiaria entre los 15 años inmediatamente previos al hecho causante.
También puede darse el caso de que el fallecimiento de la persona causante derive de accidente no laboral. En caso de que el trabajador no haya completado un periodo mínimo ininterrumpido de 24 meses de cotización, la base reguladora podrá variar.
Es decir, puede ser la contemplada anteriormente o la resultante al dividir entre 28 la suma de las bases mínimas de cotización en los 24 meses inmediatamente previos al fallecimiento de la persona causante de la pensión de viudedad.
Cálculo por enfermedad profesional o accidente de trabajo
Si la persona causante ha fallecido por accidente de trabajo o enfermedad profesional, la base reguladora de la pensión de viudedad se calculará al dividir por 12 los siguientes elementos:
- Sueldo y antigüedad diarios del trabajador en la fecha del hecho causante multiplicado por 365 días.
- Pagas extraordinarias por su importe completo en el año anterior al hecho causante.
- Pluses y retribuciones complementarias cobradas en el año previo al hecho causante, divididos por el número de días efectivamente trabajados durante este periodo.
Finalmente, los expertos de BBVA manifiestan que «el resultado se multiplicará por 273, salvo que el número de días laborales efectivos en la actividad de que se trate sea menor en que se aplicará el multiplicador que corresponda».
Como se puede observar, el cálculo más complejo de la cuantía de la pensión de viudedad se produce cuando la persona causante ha fallecido debido a un accidente de trabajo o una enfermedad profesional.
En cualquier caso, la Seguridad Social es la encargada de calcular la cuantía que le corresponde a cada persona en su pensión de viudedad. Posteriormente, debe notificar este hecho a la persona beneficiaria.
Además, hay que tener en cuenta que las cuantías de las pensiones contributivas de viudedad se actualizan cada año por el Gobierno de España, en función del IPC interanual del año anterior.