En España es necesario pasar por un proceso administrativo pertinente para obtener el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente. Como última oportunidad, también se puede lograr una pensión de invalidez a través de la Justicia.
Una pensión de incapacidad permanente tiene la finalidad de neutralizar la pérdida de ingresos que sufre un trabajador debido a una lesión o enfermedad que le impide desarrollar su profesión habitual o cualquier actividad laboral con normalidad.
Así, una pensión de incapacidad permanente puede derivar de contingencias profesionales (accidente de trabajo o enfermedad profesional) o contingencias comunes (accidente no laboral o enfermedad común).
TIPOS DE INCAPACIDAD PERMANENTE
En España existen diferentes tipos de incapacidad permanente que puede reconocer la Seguridad Social. Estos grados de incapacidad permanente se diferencian por la cuantía económica a percibir por el trabajador y por las posibles compatibilidades laborales.
Así, estos dos los cuatro tipos de incapacidad permanente que se pueden obtener en España por parte de un trabajador, debido a una lesión o enfermedad:
- Incapacidad parcial: No impide trabajar en la misma ocupación. Implica el pago de una indemnización de pago único de 24 mensualidades de la base reguladora.
- Incapacidad total: Inhabilita al trabajador para su profesión habitual, pero es compatible con otras actividades laborales. Implica la percepción de una pensión del 55% de la base reguladora.
- Incapacidad absoluta: Considera que el trabajador se encuentra incapacitado para el desarrollo de toda profesión u oficio. Conlleva la percepción de una pensión del 100% de la base reguladora.
- Gran Invalidez: Considera que el trabajador se encuentra incapacitado para el desarrollo de toda profesión u oficio. Implica una pensión del 100% de la base reguladora más un complemento económico por necesitar la ayuda de terceras personas para las actividades básicas del día a día.
Desde ‘CampmanyAbogados’ matizan que «la incapacidad laboral absoluta y la gran invalidez se pueden llegar a compatibilizar con un empleo, pero solo si este es protegido o está muy adaptado a las condiciones de salud del pensionista».
En el caso de la incapacidad permanente total, cuando el usuario tiene 55 años o más (sin llegar a la edad de jubilación) y se encuentra en paro, pasará a cobrar un 75% de la base reguladora en su pensión.
CRITERIOS PARA EL GRADO DE INVALIDEZ
Para determinar el grado de invalidez que corresponde a cada trabajador en función de su situación, los profesionales del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) evalúan cuatro criterios, principalmente:
- Efectos sobre el trabajo: Cómo las secuelas, lesión o enfermedad afectan a la capacidad laboral del individuo, teniendo en cuenta el tipo de profesión que realiza.
- Conjunto de dolencias: Se analizan los efectos del conjunto de afecciones que presenta el trabajador, tanto las anteriores como las nuevas.
- Posibilidad de mejoría: También se estudian las posibles vías de corrección de la situación del trabajador.
- Criterios orientativos: También se puede utilizar criterios del antiguo Reglamento de Accidentes de Trabajo como referencia histórica.
El INSS analiza cada caso de manera particular. Es decir, dos trabajadores con una misma dolencia pueden obtener grados de incapacidad permanente diferentes. Esto se debe al análisis global de todos los factores influyentes.