Termina una velada especial. Vas a pagar la cuenta y… ¡sorpresa! Te han cobrado un extra que no esperabas. La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) te dice si es legal o no. La organización sigue velando por el interés de los clientes y consumidores, y en esta ocasión han puesto el foco en la gestión de pago particular en los bares y restaurantes.
Ocurre que en diversas cadenas de hostelería, se esfuerzan en ofrecer el máximo nivel de calidad de sus productos y servicios. Pero en ocasiones te hacen pagar un extra.
¿Te ha sucedido alguna vez? No todos los importes añadidos al precio final de tu cuenta son legales, y esa es justo la denuncia que quiere evitar la OCU con la difusión de cuáles sí están permitidos y cuáles no.
El IVA debe estar incluido, según la OCU
Con esta nueva prueba, la Organización de Consumidores y Usuarios pretende dejar claro cuáles son los casos en los que no pueden sumarnos ningún dinero extra.
Se trata de tres fraudes en los que tendremos que tener la suficiente entereza como para decirle al encargado del bar que no es legal abonar por ciertas historias.
- Uno de esos engaños más frecuentes es el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). Es algo que jamás puede añadirse al importe total de la cuenta. La legislación, además, advierte que los precios deben tener en su carta el 10% adicional añadido.
- No está permitido, asimismo, que en el listado de productos ofertados se adjunte la leyenda «IVA no incluido», por si conoces algún establecimiento que así lo tenga.
- No se paga por utilizar los cubiertos. Aunque parezca mentira, hay restaurantes y bares que te cobran un suplemento menor por la utilización de varios tenedores o cuchillos.
Sí es algo por lo que se paga en algunos países de la Unión Europea, pero en España, como asegura la OCU, está categóricamente prohibido que la cuenta aumente por esa razón.
¿Qué dice la OCU sobre pagar por una reserva y la terraza?
Por su lado, también es habitual que tengamos dudas acerca de si debemos apoquinar por hacer alguna reserva en algún local, por muy caro que sea el cubierto.
Y es que ya sabes que pueden llegar esas fechas señaladas en la que sueles reunirte con un gran grupo de amigos, o sencillamente compartes una bonita noche con esa persona tan especial.
¿Tienes que pagar por mantener el derecho a guardar de forma transitoria tu sitio? La respuesta corta nos la da la OCU: no, no y no.
Como mucho, y lo que sí tiene derecho a hacer el hostelero en este caso es exigir una parte del dinero por adelantado para bloquear tu plaza y así ellos tampoco se quedan sin ingresos en caso de que finalmente no acudas o canceles con poco tiempo.
Como podrás imaginar, luego esa parte se descuenta de la factura total. En quinto y último lugar está la terraza, un servicio que normalmente añade un extra. Deben informarte de cuánto es ese extra tanto en carta como en el local, figurando en tu cuenta.