Las personas con discapacidad tienen la oportunidad de acceder a diferentes tipos de ayudas y beneficios al ser considerados unos de los colectivos vulnerables de nuestra sociedad. Una de las ventajas más conocidas es la tarjeta de aparcamiento para personas con movilidad reducida (PMR), que permite a las personas con discapacidad o movilidad reducida contar con plazas de aparcamiento reservadas para ellos.
En este artículo vamos a ver cuales son los requisitos que debe de cumplir una persona para poder acceder a la tarjeta PMR en Sevilla, donde la Junta de Andalucía es el órgano que gestiona este documento que es personal e intransferible de la persona titular de esta tarjeta. Debemos de tener en cuenta que la tarjeta tiene validez en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía y en todo el territorio estatal, sin perjuicio de su utilización en todo el territorio de la Unión Europea en los términos que establezcan las normas nacionales de los Estados miembros.
Requisitos obtener tarjeta PMR de aparcamiento en Sevilla
Las personas que quieran obtener la tarjeta PMR de aparcamiento en Sevilla van a tener que cumplir una serie de requisitos. El primero de ellos es tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
A esto habrá que sumarle que la persona interesa deberá de cumplir alguna de las siguientes situaciones:
- Presentar graves problemas de movilidad reducida:
- Ser usuario/a de silla de ruedas
- Dependencia absoluta de dos bastones para deambular
- Presentar conductas agresivas o molestas de difícil control, a causa de graves deficiencias intelectuales
- O, en su defecto, alcanzar al menos 7 puntos en el baremo de valoración de movilidad vigente (Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre)
- Tener reconocida una deficiencia visual que implique un grado de las limitaciones en la actividad igual o superior al 65%.
- Ser menor de tres años y presentar una discapacidad grave/muy grave.
Si cumples estos dos requisitos, podrás acceder a la tarjeta de aparcamiento PMR que ofrece la Junta de Andalucía.
¿Cómo usar la tarjeta PMR de aparcamiento?
La normativa recoge que la persona titular de la tarjeta PMR deberá ir en el vehículo. Eso sí podrá ser tanto el conductor o conductora del vehículo de su propiedad o en cualquier otro; o bien como acompañante. En este caso, el vehículo podrá ser conducido por otro conductor o conductora, siendo indispensable que siempre se desplace en su interior la persona titular de la tarjeta con movilidad reducida. En caso contrario, se establecerán las sanciones previstas por el ordenamiento jurídico.
La tarjeta de aparcamiento de vehículos de transporte colectivo de personas con movilidad reducida sólo podrá utilizarse por su titular en el vehículo autorizado cuyo número de matrícula figure en la tarjeta, y siempre que se estén efectuando los servicios de transporte de personas con movilidad reducida.
La persona titular de la tarjeta que viaje en el vehículo, como conductor o conductora, o se desplace en el vehículo debe colocar en el salpicadero del coche, de manera visible, el anverso de la tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida o adherirla al parabrisas delantero por el interior, siempre con el documento original.
La Junta de Andalucía deja claro que el uso indebido de la tarjeta de aparcamiento será sancionable de acuerdo con el ordenamiento jurídico, sin perjuicio de la aplicación de la normativa de tráfico vigente por la Policía Local, como responsable de controlar el uso adecuado de la tarjeta de aparcamiento.